MENÚ
Regiones

Secciones


Mié, 16/09/2026 11:40
16ºC / 68%

16ºC / 68%

Jueves 17/09

Jueves 17/09

Max: 23º
Min: 13º

Viernes 18/09

Viernes 18/09

Max: 24º
Min: 14º

Sábado 19/09

Sábado 19/09

Max: 25º
Min: 15º

Domingo 20/09

Domingo 20/09

Max: 26º
Min: 14º

Lunes 21/09

Lunes 21/09

Max: 24º
Min: 17º

Información General
08.01.2020

POLÍTICA

El Gobierno analiza el aumento salarial para estatales

El aumento para el sector público será de $4.000 y se oficializará en estos días a través del Boletín Oficial. El Gobierno busca poner un límite al monto.

El Gobierno trabaja en establecer un límite para el aumento salarial a los empleados estatales que será de $4.000 y se oficializará en estos días a través del Boletín Oficial.

"Se está trabajando en esa línea, que tenga un límite", señaló una fuente oficial a Télam.

A partir de esta afirmación se tejen distintas especulaciones en cuanto al límite salarial que se tendrá en cuenta para la liquidación del aumento salarial a empleados del Estado.

El Gobierno aún no maneja un "corte" salarial definitivo y se enfoca en garantizar ese ingreso a los sueldos más bajos de cada escalafón.

El aumento a estatales se encuentra en línea con lo dispuesto para los trabajadores del sector privado: un incremento salarial mínimo y uniforme para todos los trabajadores en relación de dependencia del que ascenderá a la suma de $ 3.000 desde el mes de enero y a partir de febrero se deberá adicionar a dicho incremento la suma de $1.000.

Así quedó establecido en la decreto número 14 firmado por el presidente Alberto Fernández que se publicó este sábado en el Boletín Oficial.

Este incremento debería ser absorbido por las futuras negociaciones paritarias y no se tendría en cuenta para el cálculo de ningún adicional salarial previsto en el convenio colectivo o en el contrato individual de trabajo, en tanto no sea pactado específicamente para este incremento, un criterio distinto mediante negociación colectiva.

Para facilitar el control por parte de los trabajadores y trabajadoras, deberá consignarse en el recibo de haberes, como un rubro independiente denominado "incremento solidario".

Fuente: Agenciafe

Encuesta

His sea vocibus scripserit at usu ex quis iuvaret fabellas id mea diceret dissentiet