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Sociedad
30.03.2020

SANTA FE

EPE: ¿quiénes pueden acceder al no corte de servicio por 180 días?

Mauricio Caussi, interventor de la Empresa Provincial de la Energía detalló en Mañana Oh, los alcances del decreto provincial que impide el corte de suministro a un grupo de usuarios con facturas impagas.

Mauricio Caussi - Parte 1

Mauricio Caussi - Parte 2

Mauricio Caussi - Parte 3

En díálogo con Marcelo Garrido por "Mañana Oh", Mauricio Caussi, interventor de la Empresa Provincial de la Energía, explicó los alcances del decreto provincial que impide el corte de servicio por 180 días a ciertos sectores de la sociedad ante la situación de emergencia sanitaria.

Según el funcionario en las últimas horas a través de la firma de Gobernador  se institucionalizó una decisión que ya se había tomado previo al comienzo del aislamiento social obligatorio que se está viviendo por estos días y era la "normativa de suspender todos los cortes de suministros que estaba haciendo la EPE según sus procedimientos normales porque les estabámos pidiendo a la gente que se quede en su casa y no podíamos pensar que lo hagan en algunos casos sin el suministro de energía eléctica".

Mediante este decreto, que adhiere al DNU Nº 311/20 del presidente Alberto Fernández, se suspende los cortes por 180 días para los sujetos que tengan hasta 3 facturas de la EPE impagan a partir del 1ro de marzo.

Los usuarios que pueden acceder a la herramienta son las siguientes:
 

Residenciales

  • Beneficiarios de AUH y embarazo
  • Electrodependientes
  • Jubilados y pensionados
  • Monotributistas y empleados en relación de dependencia cuyos salarios no superen dos salarios mínimos vitales y móviles.
  • Monotributistas sociales
  • Beneficiarios del sistema de seguridad sociale espeacial para empleados y empleadas de Amas de Casa

No residenciales

  • Cooperativas de trabajo
  • Empresas recuparadas
  • Entidas de bien público afectadas a la emergencia alimentaria
  • Efectores de salud 
  • Micro, medianas y pequeñas empresas de cualquier rubro que estén definidas por la Ley 25300

Ante cualquier duda, los usuarios pueden comunicars a los canales de comunicación que tiene la empresa ya sea oficina virtual (www.epe.gov.ar) o telefónicamente con las guardias mínimas que funcionan de 8 a 13 hs.

Desde la empresa insisten además que para poder cumplir con el servicio no pueden ellos no pueden dejar de lado los compromisos de pequeños y medianos contratistas que permiten el funcionamiento, además de sostener el flujo del ingreso de los trabajadores por solicitan que las personas que estén en condiciones de pagar la luz sean solidarios y paguen sus facturas.
 

Fuente: Agenciafe

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