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Política
22.05.2021

DNU: cada una las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional

La lista de las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional y que rigen desde la cero hora del sábado 22 hasta el domingo 30 de mayo, inclusive, donde se aclaran todas las excepciones a las restricciones de circulación para mitigar la segunda ola de coronavirus.

Medidas generales para todo el país:



Viajes Grupales: se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

Reuniones sociales: se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.

Personas de riesgo: suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

 

Medidas para Zonas de Bajo Riesgo SyE


Se aplican las reglas de conducta generales (distanciamiento; tapabocas; ventilación; higiene); los protocolos aprobados para cada actividad; aforo del 50% en superficies cerradas, salvo excepciones menores, y rigen las suspensiones establecidas para todo el país.
 

Medidas para Zonas de Mediano Riesgo


Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.
 

Medidas aplicables a lugares en Alto Riesgo y en Alarma Epidemiológica y Sanitaria


Vigencia: Desde el 22 de Mayo al 30 de Mayo, inclusive; y los días 5 y 6 de Junio.

A las medidas vigentes para Alto Riesgo y para Alarma Epidemiológica, se suman:


Actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales: sin presencialidad, en todos los casos que sea posible se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo.

Permanencia en domicilios: las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.

Salidas de esparcimiento: podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.

Actividades recreativas: no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.

No se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

Prohibición de circulación: Desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.

Gastronomía: sólo mediante delivery y take away.

Transporte público: quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades (1), los casos especiales, atención de salud y vacunación.

Fuente: télam

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