MENÚ
Regiones

Secciones


Mar, 15/09/2026 17:30
21ºC / 46%

21ºC / 46%

Miércoles 16/09

Miércoles 16/09

Max: 21º
Min: 10º

Jueves 17/09

Jueves 17/09

Max: 23º
Min: 12º

Viernes 18/09

Viernes 18/09

Max: 24º
Min: 13º

Sábado 19/09

Sábado 19/09

Max: 25º
Min: 15º

Domingo 20/09

Domingo 20/09

Max: 27º
Min: 15º

Información General
06.11.2021

SANTA FE

Desde el 1 de noviembre rige la veda de pesca del surubí

Hasta el 31 de diciembre estará prohibido capturar, acopiar, transportar y comercializar ejemplares.

El gobierno de la provincia de Santa Fe recuerda que desde el 1 de noviembre, y hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, regirá el período de veda para la pesca comercial y deportiva del surubí pintado (pseudoplatystoma coruscans) y el surubí atigrado o rollizo (pseudoplatystoma fasciatum).

La veda se establece a partir de la resolución Nº168/2005, facultada por el Artículo Nº 5 de la Ley 12.212, que define normas y requisitos para ejercer las actividades relacionadas con la pesca.

Durante los períodos de veda establecidos queda prohibido capturar, acopiar, transportar y comercializar ejemplares de dichas especies.

También están vigentes las disposiciones de veda para las siguientes especies:

>> Dorado: únicamente se permite la pesca deportiva con devolución obligatoria (Ley 12.722)

>> Pacú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05)

>> Manguruyú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05).

Fuente: Agenciafe

Encuesta

His sea vocibus scripserit at usu ex quis iuvaret fabellas id mea diceret dissentiet