Ley de Sociedades en el fútbol argentino: cómo impactan las modificaciones del Gobierno
El Gobierno insiste con el avance de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) en el fútbol y este martes dispuso que se hagan modificaciones en la Inspección General de Justicia (IGJ), entre ellas la reglamentación dispuesta en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N°70/2023 que modifica el el texto de los artículos 30 y 77 de Ley General de Sociedades.
La resolución general de la IGJ, que depende del ministerio de Justicia de la Nación que lidera Mariano Cúneo Libarona -también integrante de la comisión directiva de Racing-, modifica una resolución anterior del año 2015 que involucra al área de Registro Público, Sociedades y Entidades Civiles.
En concreto apunta a la Ley N° 19.550, también conocida como Ley General de Sociedades que está en vigencia desde 1984. La normativa, en sus artículos 30 y 77, platea que “las sociedades anónimas y en comandita por acciones sólo pueden formar parte de sociedades por acciones”, limitando así su intromisión o participación junto a una asociación civil sin fines de lucro.
En el artículo 77 de ese reglamentado, se plantea una serie de requisitos para que exista una transformación de una sociedad a otra, empezando por "la aprobación unánime de todos los socios, salvo pacto en contrario a lo dispuesto para algunos tipos societarios".
Lo que hace el Gobierno con esta resolución de la IGJ es aplicar los artículos 346 y 347 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 que implementó el Presidente de la Nación, Javier Milei, en diciembre del año pasado. Esos artículos justamente plantean modificaciones a los mencionados de la Ley de Sociedades que impiden el desembarco de las SAD en el fútbol argentino.
Fuente: Doble Amarilla





