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Deportes
17.07.2024

Ley de Sociedades en el fútbol argentino: cómo impactan las modificaciones del Gobierno

El ministerio de Justicia dispuso que se hagan modificaciones en la Inspección General de Justicia, entre ellas la aplicación de las modificaciones a los artículos 30 y 77 de la Ley General de Sociedades N°19.550 que aplicó Javier Milei en el DNU 70/2023. "Debe aceptarse la transformación de las asociaciones civiles en sociedades anónimas", dice. Esos articulados están en discusión en la Justicia por una cautelar que confirmó la Cámara Federal de San Martín. En AFA aseguran que esta reglamentación, que entrará en vigencia en noviembre de este año, no modifica lo que establece su Estatuto que prohíbe participar a clubes que sean o se transformen en SAD.

El Gobierno insiste con el avance de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) en el fútbol y este martes dispuso que se hagan modificaciones en la Inspección General de Justicia (IGJ), entre ellas la reglamentación dispuesta en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N°70/2023 que modifica el el texto de los artículos 30 y 77 de Ley General de Sociedades.

 

 

 

 

La resolución general de la IGJ, que depende del ministerio de Justicia de la Nación que lidera Mariano Cúneo Libarona -también integrante de la comisión directiva de Racing-, modifica una resolución anterior del año 2015 que involucra al área de Registro Público, Sociedades y Entidades Civiles.

En concreto apunta a la Ley N° 19.550, también conocida como Ley General de Sociedades que está en vigencia desde 1984. La normativa, en sus artículos 30 y 77, platea que “las sociedades anónimas y en comandita por acciones sólo pueden formar parte de sociedades por acciones”, limitando así su intromisión o participación junto a una asociación civil sin fines de lucro.

En el artículo 77 de ese reglamentado, se plantea una serie de requisitos para que exista una transformación de una sociedad a otra, empezando por "la aprobación unánime de todos los socios, salvo pacto en contrario a lo dispuesto para algunos tipos societarios".

Lo que hace el Gobierno con esta resolución de la IGJ es aplicar los artículos 346 y 347 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 que implementó el Presidente de la Nación, Javier Milei, en diciembre del año pasado. Esos artículos justamente plantean modificaciones a los mencionados de la Ley de Sociedades que impiden el desembarco de las SAD en el fútbol argentino.

 

 

Fuente: Doble Amarilla

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