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Policiales
19.09.2026

EN ROSARIO

Investigan a una expartera de 88 años por la identidad de una mujer registrada en 1970

Una prueba genética descartó el vínculo entre la denunciante y la mujer registrada como su madre. La Justicia federal de Rosario formalizó cargos por presunta supresión de identidad y falsedad documental

Una partida de nacimiento fechada en enero de1970 quedó bajo la lupa de la Justicia federal de Rosario.La fiscal federal Soledad García formalizó una investigación contra una exparterade 88 años, acusada de suprimir y alterar la identidad de una niña mediantela presunta confección de un certificado con datos falsos sobresu filiación.

La investigación se originó en la presunta confección de uncertificado de nacimiento con datos falsos mientras la imputada trabajaba en el áreade maternidad del Hospital Roque Sáenz Peña.

La fiscalía también analiza otras denuncias de personas quesostienen que su identidad fue suprimida. Entre ellas, hay una que fue criadacomo hija de la acusada y sobre la cual la Justicia ordenó unaextracción de ADN para determinar si existe un vínculo biológico.

La audiencia se realizó el miércoles pasado ante el juezfederal de Garantías Eduardo Rodrigues Da Cruz, quien rechazó el planteo deprescripción presentado por la defensa y dio por formalizada la investigación.

El ADN que abrió la causa

El expediente comenzó con la denuncia de C.E.M.Q.,una mujer que durante años sospechó que la historia consignada en supartida de nacimiento no coincidía con su origen. En 2012, pidió un estudiogenético a A.T.B., la mujer registrada como su madre.

La partida de nacimiento de 1970 cuya filiación esinvestigada por la Justicia de Rosario (Fuente: Fiscales)

El resultado descartó el vínculo biológico con unaprobabilidad de 0,0%. La partida, confeccionada el 9 de enero de 1970,afirmaba que la niña había nacido en el hospital municipal y que E.A.Q. yA.T.B. eran sus progenitores. Ambos murieron antes de que se iniciarala investigación.

Según el planteo fiscal, la entonces partera certificó esenacimiento y asentó una filiación que no se correspondía conla realidad. La acusación sostiene que el documento público fue usado parainscribir a la beba como C.E.M.Q. en el Registro Civil.

La denunciante relató que su madre de crianza, antes demorir, le confesó que su nacimiento habría ocurrido cerca del 27 dediciembre de 1969. También le habría dicho que una joven, imposibilitada deasumir la crianza, entregó a la niña y que quienes la recibieronpagaron dinero y un pasaje hacia una zona rural de Mar del Plata.

Cinco denuncias bajo análisis

Durante la audiencia, García afirmó que el caso individualforma parte de una investigación de mayor alcance. “De manera sistemáticaentre 1968 y 1980 separaba bebés de sus madres biológicas y los entregaba pordinero”, sostuvo la representante del Ministerio Público Fiscal.

La fiscal federal Soledad García formalizó la investigaciónpor presunta supresión de identidad y falsedad documental (Fuente: Fiscales)

La fiscalía analiza al menos cinco denuncias de personasque aseguran tener su identidad suprimida. Los hechos bajo análisis habríanocurrido mientras la acusada trabajaba en la maternidad del hospital rosarino.

García consideró que la maniobra atribuida a la expartera nopuede reducirse a un incumplimiento administrativo. La utilizaciónde una certificación oficial para establecer una filiación falsa, señaló,habría dejado efectos jurídicos que persisten mientras las víctimas no logrenreconstruir su identidad de origen.

La investigación encuadró provisoriamente los hechos en los delitosde supresión y alteración del estado civil y de la identidad de unmenor de diez años, previstos en el artículo 139 del CódigoPenal, y falsedad ideológica de instrumento público, contemplada enel artículo 293.

El juez rechazó la prescripción y ordenó medidas

La defensa pidió que se declare prescripta la acción penal,pero Rodrigues Da Cruz rechazó el planteo. El magistrado consideró que seinvestiga un delito continuado, cuyos efectos se mantienen mientras no seestablezca la identidad de las personas afectadas.

En la misma resolución, el juez autorizó la extraccióncompulsiva de ADN de la imputada, una medida solicitada por la fiscalía en elmarco de la pesquisa sobre D.E.V., criada como hija de la acusada. Sostuvo que ladiligencia no vulnera sus garantías ni implica obligarla a declarar contra símisma, y citó criterios de la Corte Suprema sobre el derecho de lasvíctimas a conocer su identidad.

Además, dispuso medidas cautelares noprivativas de la libertad. La mujer deberá presentarse cada 15 días antela Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, entregar supasaporte, no salir del país, abstenerse de contactar a las víctimas e informarcualquier cambio de domicilio.

 

Fuente: Infobae

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